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Administración·8 min de lectura·16 oct 2026

Ley de condominios CDMX: qué dice, obligaciones y cómo ayuda la PROSOC

Lo que todo administrador debe saber de la ley de condominios de la CDMX: registro ante PROSOC, asambleas, cuotas, intereses, morosos y quejas.

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Si administras un edificio o una privada en la capital, la ley de condominios CDMX no es un tema de abogados: define quién manda, cómo se cobran las cuotas, qué pasa con los morosos y a quién acudir cuando la mesa y un vecino ya no se ponen de acuerdo. Lo que pasa en la práctica es que casi nadie la ha leído completa y las decisiones se toman “como siempre se ha hecho”.

Esta guía complementa lo que ya cubrimos sobre administración de condominios, mesa directiva y comité de vigilancia, asambleas y reglamento interno. Aquí resumimos lo que más le importa a un administrador de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles de la Ciudad de México y el papel de la PROSOC. No sustituye asesoría legal: antes de una decisión delicada, revisa el texto vigente.

Qué es la ley de condominios de la CDMX

Su nombre formal es Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Regula cómo se constituye, funciona y se extingue el régimen de propiedad en condominio: derechos y obligaciones de condóminos y poseedores, asambleas, administración, cuotas, fondos y solución de conflictos. Tiene reglamento propio y ha tenido varias reformas; la Procuraduría Social (PROSOC) publica ediciones actualizadas en su sitio.

Aplica a la CDMX. Si tu condominio está en otro estado (Jalisco, Estado de México, Nuevo León…), rige la ley condominal o el código civil de esa entidad, que puede tener reglas distintas.

Con una app para condominios, los residentes reciben avisos, consultan las reglas y hacen reportes desde el celular, sin depender del grupo de WhatsApp.

Quién es quién según la ley

Figura

Qué hace

Lo que conviene cuidar

Asamblea General

Órgano supremo: nombra administrador, aprueba cuotas, presupuesto y cambios al reglamento

Convocatoria, quórum y acta bien hechos; si no, el acuerdo se puede impugnar

Administrador (condómino o profesional)

Ejecuta acuerdos, cobra, paga, mantiene y rinde cuentas

Registro vigente ante PROSOC para acreditar su nombramiento

Comité de vigilancia

Supervisa al administrador y revisa cuentas

Que firme lo que la ley le pide (por ejemplo, estados de adeudo)

Condóminos y poseedores

Usan su unidad y las áreas comunes; pagan cuotas

Los inquilinos también deben respetar el reglamento

PROSOC

Autoridad en materia condominal: registros, orientación, conciliación y quejas

Tener a la mano los documentos que pide para cada trámite

Detalle de funciones en mesa directiva y comité de vigilancia y en cómo elegir administrador.

El administrador y su registro ante la PROSOC

El nombramiento lo da la asamblea y se asienta en el libro de actas. Según la ley, ese nombramiento debe presentarse para registro ante la PROSOC dentro de los 15 días hábiles siguientes a la designación; si se pasa el plazo, puede haber multa. El registro vigente es lo que le da al administrador personalidad frente a bancos, proveedores y autoridades.

  • Administrador condómino: un vecino elegido por la asamblea. Registra su nombramiento con el acta.
  • Administrador profesional: persona física o empresa. Además del acta, la ley pide contrato firmado con el comité de vigilancia, fianza o garantía, certificación de la PROSOC y haber acreditado su curso para administradores.

Si cambias de administrador, actualiza el registro y entrega documentación, cuentas y llaves con acta de entrega. Un cambio sin papeles es la receta para que nadie pueda abrir la cuenta del condominio.

Asambleas: lo que exige la ley

La ley distingue asambleas ordinarias (informar el estado de la administración y tratar asuntos generales, con una periodicidad fijada en la ley) y extraordinarias (asuntos urgentes, cambios a la escritura o al reglamento, obras nuevas, reconstrucción, entre otros). También reconoce otros tipos, como asambleas de sección o de comités.

  • Convoca con anticipación y por los medios que marca el reglamento; guarda evidencia de la convocatoria.
  • Respeta el quórum de cada convocatoria (primera, segunda, tercera).
  • Levanta el acta en el libro autorizado, con firmas y lista de asistencia.
  • Si un acuerdo cambia el reglamento interno, regístralo también ante la PROSOC.

La periodicidad y los porcentajes exactos han cambiado con las reformas, así que confírmalos en la edición vigente antes de convocar. Guía práctica en cómo organizar una asamblea y acta de asamblea.

Cuotas, intereses y morosos

La asamblea fija las cuotas ordinarias (administración, mantenimiento, operación) y el fondo de reserva, normalmente en proporción al indiviso de cada unidad (ver alícuota). Las cuotas extraordinarias requieren su propio acuerdo.

Puntos de la ley que todo administrador debería conocer:

  • Intereses moratorios con tope: la edición de la PROSOC indica que el interés por morosidad no puede exceder el 9% anual, calculado por separado sobre cada cuota adeudada.
  • Cobro por vía ejecutiva civil: el estado de liquidación de adeudos firmado por el administrador y el presidente del comité de vigilancia, con recibos y copia certificada del acta o reglamento que fijó las cuotas, trae aparejada ejecución. Procede cuando hay dos cuotas ordinarias o una extraordinaria pendientes.
  • Voto en asamblea: el condómino moroso puede perder el derecho a votar, aunque conserva voz.
  • Servicios básicos: cortar agua o luz a un moroso suele terminar en quejas y riesgos legales; mejor cobra por las vías formales.

Si tus cuotas no tienen acta que las respalde o tus recibos están dispersos, el cobro legal se complica. Más estrategias en cómo disminuir la morosidad y multas y recargos.

Administrador revisando gastos y estados de cuenta del condominio en una tablet
Recibos, estados de cuenta y actas en orden son la base para cobrar por la vía que marca la ley.

Rendición de cuentas

La ley obliga al administrador a informar a la asamblea sobre ingresos, egresos, saldos y adeudos, y a conservar la documentación. En la práctica conviene publicar un estado de cuenta mensual y presentar el presupuesto anual en asamblea. Formatos y ejemplos en estados de cuenta del condominio y presupuesto anual.

Cómo te ayuda la PROSOC

La Procuraduría Social de la Ciudad de México es la autoridad en materia condominal. Para un administrador, sus servicios más útiles son:

  1. Registros: del administrador (condómino o profesional), del régimen de condominio y del reglamento interno o sus modificaciones; también autoriza el libro de actas.
  2. Orientación: dudas sobre la ley, convocatorias y requisitos.
  3. Conciliación: un procedimiento para resolver conflictos entre vecinos, administración y comité sin llegar a juicio.
  4. Quejas condominales: por cuotas no pagadas, invasión de áreas comunes, incumplimiento del reglamento, entre otras. Para una queja por adeudos, la PROSOC pide copia del acta o reglamento donde se fijaron las cuotas y el estado de cuenta con el monto.

Antes de ir, revisa los requisitos de cada trámite en el sitio oficial de la PROSOC: casi siempre piden identificación, registro vigente del administrador o acta del comité, y la evidencia del caso. Para conflictos de espacios, ver invasión de áreas comunes.

Errores frecuentes

  • Nombrar administrador en asamblea y nunca registrarlo ante la PROSOC.
  • Cobrar cuotas o intereses que no están aprobados en acta ni en reglamento.
  • Fijar intereses moratorios por encima del límite legal.
  • Convocar asambleas sin evidencia de la convocatoria o sin libro de actas autorizado.
  • Modificar el reglamento en asamblea y no registrar el cambio.
  • Cortar servicios o exhibir a morosos en el grupo en lugar de usar las vías formales.
  • Aplicar reglas de otro estado (o de “un video que vi”) a un condominio de la CDMX.

Checklist

  1. Descarga la edición vigente de la ley y su reglamento desde el sitio de la PROSOC.
  2. Verifica que el registro del administrador esté vigente y a la mano.
  3. Confirma que el reglamento interno y sus cambios estén registrados.
  4. Revisa que cuotas, fondo de reserva e intereses tengan acta que los respalde.
  5. Usa libro de actas autorizado y guarda evidencia de cada convocatoria.
  6. Publica estados de cuenta periódicos y conserva recibos.
  7. Ten un protocolo para morosos: recordatorio, convenio, estado de adeudo firmado y, si hace falta, PROSOC o juicio.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la ley de condominios de la CDMX?

La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, que sigue aplicando en la Ciudad de México junto con su reglamento. La PROSOC publica la edición actualizada con reformas.

¿Es obligatorio registrar al administrador ante la PROSOC?

Sí. La ley pide presentar el nombramiento para registro dentro de los 15 días hábiles siguientes a la designación, y el registro vigente es lo que acredita al administrador frente a terceros.

¿Cuánto interés se puede cobrar a un moroso?

El que fije la asamblea o el reglamento, sin exceder el tope que marca la ley (9% anual, según la edición de la PROSOC). Cobrar más expone al condominio a que el cobro se impugne.

¿La PROSOC puede obligar a un vecino a pagar?

La PROSOC concilia y atiende quejas; el cobro forzoso se hace por la vía ejecutiva civil con el estado de liquidación de adeudos firmado y documentado. Muchas veces la conciliación basta para llegar a un convenio.

¿La ley de la CDMX aplica a mi fraccionamiento en otro estado?

No. Cada entidad tiene su propia ley condominal o reglas en su código civil. Ver también qué es un fraccionamiento.

Siguiente paso

Revisa el registro del administrador, el reglamento y las actas que respaldan tus cuotas, y deja el cobro documentado para no depender de la memoria de nadie. Clubhaus te ayuda a llevar cuotas, pagos, estados de cuenta y comunicados en un solo lugar: conoce el software de administración de condominios, revisa precios o crea tu cuenta.

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